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Los DDHH y las Acciones que desarrolla el Estado… ¿Qué Estado?

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Solo en un Estado de Bienestar eficaz, e inteligente se piensa creativamente políticas públicas. Se busca con ellas lograr cohesión social, sustentabilidad (como equilibrio entre Hombre-Naturaleza y Economía) o el desarrollo local que son su prioridad. Por Dra. Alessandra Minnicelli

En el Estado Social y Democrático de Derecho, las políticas públicas se focalizan en garantizar de la mejor manera el interés público y salvaguardar los derechos fundamentales que nosotros llamamos Derechos Humanos y que -como dice Amartya Sen- son un “privilegio” que corresponde a todos los seres humanos independientemente de su ciudadanía, nacionalidad residencia, raza, clase o género.

A pesar de haber sido incorporados en diversos tratados internacionales desde la Declaración de los Derechos del Hombre, en las constituciones de los países y en leyes, no han tenido aun fuerza “universalista“. Es decir, estas medidas jurídicas no han logrado darle o brindarle a estos derechos cobertura universal.

En ese marco, es válido pensar en constitucionalizar el principio de eficacia, en la influencia de las llamadas “leyes-medida” y en la actuación de la denominada “jurisdicción administrativa”, como instrumentos idóneos para el reconocimiento y la tutela efectiva de los Derechos Humanos o Derechos Fundamentales.

En el Estado liberal, el Estado como tal no existe y las reglas del mercado rigen en plenitud sin ningún freno o regulación.

El interés público y el bienestar general se desvanecen como conceptos, o quedan en la lógica filantrópica y de beneficencia de dar a los excluidos del sistema lo que les sobra a los más poderosos y no hay acciones positivas desde el Estado.

Es por ello que el indicador de respeto a los DDHH, es el quehacer político del Estado y el encuadre en el derecho de la acción pública, pues son ejes de análisis y de necesaria referencia para identificar y evaluar las acciones que desarrolla el Estado -las políticas públicas-, que son la exteriorización de la orientación y contenido de la acción estatal, y deben cumplir una función primordial de satisfacción del bien común.


Editorial publicada en Revista Fonres RSE (Abril 2017), www.fonres.com

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