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Intereses económicos VS salud

etiquetado de alimentos
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El proyecto de Ley sobre Etiquetado Frontal de Alimentos ya divide aguas entre quienes lo apoyan y sus detractores. Sin duda para los consumidores representa una mayor información sobre los alimentos que ingiere pero para las empresas, esto se traduce en un desafío de adaptación o una caída en sus ventas.

En la Argentina el 61,6% de las personas tienen exceso de peso. De ese total, se desprende que el 36,2% tienen sobrepeso y 25,4%, obesidad según los datos de la última Encuesta de Factores de Riesgo realizada por el INDEC en 2018. 

Este panorama refleja un escenario complejo con raíces de diversa índole entre las que se destacan la escasa educación para alcanzar una alimentación saludable, limitaciones económicas y falta de información sobre los alimentos a consumir. 

Queda claro que es necesario un cambio en la cultura alimentaria, con un mayor compromiso de las instituciones educativas, los gobiernos y las empresas. En este marco, desde el ámbito legislativo se está avanzando en allanar el camino para alcanzar una ciudadanía más saludable y en ese marco, se está discutiendo el proyecto de ley de etiquetado frontal de alimentos y bebidas cuyo principal objetivo es dejar a la vista de todas y todos los consumidores la presencia en alimentos y bebidas de altos niveles de los denominados “nutrientes críticos” (grasas totales, grasas saturadas, sodio, azúcares y/o calorías), según criterios basados en el “Perfil de Nutrientes de la OPS“. 

De aprobarse la ley, los productos que sobrepasen los límites fijados por el organismo deberán tener en el frente de sus envases una etiqueta octogonal negra, con borde y letras de color blanco, que advierta sobre el exceso del nutriente crítico que corresponda en cada caso. 

Por el momento, la iniciativa recibió media sanción en la Cámara de Senadores a finales de octubre del año pasado, con 64 votos a favor y 3 en contra. Meses mas tarde, el 13 de julio, el proyecto obtuvo dictamen de mayoría en comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación y quedó en condiciones de ser tratado en el recinto. 

Intereses que inclinan la balanza

La iniciativa tuvo una recepción disímil en los diversos sectores sociales y su posible implementación ya divide a quienes la apoyan de sus detractores. 

En principio, en el mundo de los consumidores, se observa un amplio apoyo al proyecto. Según datos de la consultora Kantal, un 76% considera que puede llegar a ser beneficioso para la dieta de los argentinos. En paralelo, 6 de cada 10 personas piensan que es muy probable que cambien algunas de sus elecciones de productos cuando se enfrenten a una góndola llena de advertencias. Puede suceder que abandonen ciertas categorías de productos, o que empiecen a comprar marcas diferentes. En cualquier circunstancia, tendrán un elemento más que puede influir en las decisiones.   

Sin embargo, hay otros actores que también juegan un rol importante en este nuevo posible escenario. Para las empresas, la nueva normativa les significaría embarcarse en procesos de reformulación de productos, reducir la proporción de ciertos ingredientes para evitar ser penalizadas con el octágono negro. Ya no es novedad que los consumidores demandan claridad y transparencia en la información y priorizan alternativas alineadas a un nuevo concepto de bienestar, de allí que queda latente la amenaza de la caída en ventas y de la pérdida de porción de mercado cuando toda la información esté a la vista. 

Los organismos internacionales también manifestaron su apoyo a esta iniciativa. La Organización Panamericana de la Salud (OPS), UNICEF y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) publicaron un documento en conjunto para pedir la sanción de la norma “sin cambios y sin más dilaciones”. “Es un paso sustantivo y ejemplar en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en la mejora de la alimentación y en la salud pública”, señalaron.

“Para mejorar la alimentación y detener el aumento de la obesidad infantil es necesario que las familias puedan contar con información clara que permita entender el contenido de los productos comestibles e identificar los que no son saludables. Hoy, esto no es posible debido a que los productos no cuentan con un sistema claro de advertencias en el frente de los empaques que indiquen si tienen exceso de sodio, azúcares o grasas, lo cual implica una vulneración de los derechos de los consumidores”, opinó Olga Isaza, representante adjunta de UNICEF.

Del otro lado de la vereda se encuentran algunos referentes de la industria alimenticia quienes hacen lobby para evitar que la iniciativa prospere por temor a ver afectado su negocio.

Entre ellos se destaca la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal), quien aseguró en un comunicado reciente que “los modelos aislados que preconizan la demonización de los alimentos, lejos de cumplir sus objetivos constituirán un daño en los consumidores al proporcionar información incorrecta”. 

En una línea similar, el Centro de la Industria Lechera (CIL), advirtió en un comunicado que la norma “hará que en el Mercosur los productos lácteos argentinos estén en inferioridad de condiciones respecto de los de otros países y que un mismo producto lácteo en Argentina lleve dos sellos y en Brasil ninguno”. 

Entre quienes intentan dilatar la sanción de la ley también se encuentra la Cámara Azucarera Argentina, que agrupa a empresas que se verían perjudicadas por la mayor información nutricional en manos de consumidores. “El etiquetado frontal tiene que ser de carácter informativo y no restrictivo”, planteó sobre la iniciativa.

Un argumento parecido esgrimió recientemente la Amcham, la cámara de empresas estadounidenses en la Argentina, en un comunicado crítico contra la ley. “Demoniza una serie de alimentos, que contienen nutrientes críticos, como el azúcar, y que forman parte del tejido productivo de numerosas provincias”, indicó la entidad, que tiene entre sus afiliados a firmas como Coca-Cola, Pepsi o Mondelez.

Una mirada hacia el mundo

Argentina no es el primer país donde aplicaría una norma de estas características. El proyecto de Ley sobre Etiquetado Frontal de Alimentos local replica esquemas similares al de otros países como Chile (2016), Uruguay (2018), Perú (2019) y México (2020).  

En otros países como Estados Unidos, Costa Rica y Tailandia, se implementa otro esquema desarrollado por la propia industria alimentaria que se enfoca los nutrientes:  el sistema de “Guías Diarias de Alimentación” considera la composición nutricional de los alimentos (grasas, sodio, azúcar, entre otros) e informa qué porcentaje recomendado de consumo diario se incluye en una porción o producto.

De este esquema se desprende el modelo de “semáforo”: además del porcentaje, se utiliza un sistema de colores que identifica las categorías baja (verde), medio (amarillo) y alta (rojo) en cada nutriente. El “semáforo simplificado”, que se implementó en Ecuador (2014) y Bolivia (2017), incluye la señalización con colores, sin especificar valores diarios recomendados, valores absolutos o porcentajes.

Además, existen otros sistemas que incorporan el “etiquetado de resumen”, un puntaje o evaluación global de los alimentos a partir de su composición, sin incluir detalles o valores absolutos. Entre ellos se encuentra el “Health Star Rating”, que califica los productos según una escala de estrellas (Australia y Nueva Zelanda), el sistema de “Cerradura” (Suecia y Dinamarca) o el “Nutriscore”, que califica a los alimentos con una escala de A a E, similar al que se implementa localmente con los electrodomésticos y la eficiencia energética.

Las principales críticas que recibieron estas alternativas, a diferencia de lo que proponen los proyectos de etiquetado frontal con octogonal negra (Argentina, Chile, Uruguay, Perú y México), es que diluyen la información al consumidor de un producto que tiene exceso de un determinado nutriente en el promedio general de su composición.

 

Más que unas etiquetas
El proyecto de Ley sobre Etiquetado Frontal de Alimentos excede el simple etiquetado e incorpora algunos aspectos que permitirán abordar las problemáticas alimenticias de los argentinos y argentinas desde la raíz. De allí que la iniciativa estipula que el Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país. Además, determina que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional. En ese sentido, prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes, ya que según la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, realizada en 2018, en Argentina el porcentaje de niñes de 0 a 5 años con exceso de peso es del 13,6%. Por otro lado, la norma indica que el Estado nacional deberá priorizar las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia y encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la mencionada ley.

 

 

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