Main Menu

Nuevos estándares

sostenible
Read Carefully

Los nuevos estándares lanzados por la Unión Europea cubren toda la gama de cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza, incluidos el cambio climático, la biodiversidad y los derechos humanos. Así, consolidan la información que llega a mano de los inversores para que comprendan el impacto en la sostenibilidad de las empresas en las que invierten.

A fines de julio de este año, la Comisión Europea adoptó los Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS) para uso de todas las empresas sujetas a la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD). Esto marca otro paso adelante en la transición hacia una economía sostenible de la Unión Europea. Mairead McGuinness, Comisaria de Servicios Financieros, Estabilidad Financiera y Unión de los Mercados de Capitales, afirmó: “Las normas que hemos adoptado hoy son ambiciosas y son una herramienta importante que sustenta la agenda de finanzas sostenibles de la UE. Logran el equilibrio adecuado entre limitar la carga de las empresas que informan y, al mismo tiempo, permitir que las empresas muestren los esfuerzos que están haciendo para cumplir con la agenda del Green Deal y, en consecuencia, tener acceso a financiación sostenible”.

Los estándares cubren toda la gama de cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza, incluidos el cambio climático, la biodiversidad y los derechos humanos. Proporcionan información para que los inversores comprendan el impacto en la sostenibilidad de las empresas en las que invierten. También tienen en cuenta los debates con el Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB) y la Global Reporting Initiative (GRI) para garantizar un grado muy alto de interoperabilidad entre las normas de la UE y las globales y evitar dobles informes innecesarios por parte de las empresas.

Las normas que hemos adoptado son ambiciosas y son una herramienta importante que sustenta la agenda de finanzas sostenibles de la UE.

Los nuevos estándares

La arquitectura general de los ESRS está diseñada para garantizar que la información sobre sostenibilidad se comunique de forma cuidadosamente articulada y se basa en tres áreas de información. La primera de ellas, hace referencia a la estrategia y modelo de negocio y la gobernanza en relación con la sostenibilidad,  evaluación de la materialidad de sus impactos, riesgos y oportunidades relacionados también con la sostenibilidad. El segundo eje es el de las medidas de aplicación, que abarcan políticas, objetivos, acciones y planes de acción, asignación de recursos. Mientras que el tercero, se enfoca en las métricas de rendimiento en torno a las áreas de información estratégica. 

A su vez, la estructura de estándares se compone por un conjunto que son transversales y otros temáticos. El primer grupo de son los ESRS 1 y 2, que cubren los Principios Generales e Información General, respectivamente. 

Los principios generales prescriben los conceptos y principios obligatorios que deben aplicarse al preparar las declaraciones de sostenibilidad con arreglo a la CSRD. En este marco, una empresa debe reportar toda información material sobre sus impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad de conformidad con la ESRS aplicable. 

Las nuevas reglas ampliarán significativamente el número de empresas requeridas para proporcionar divulgaciones de sostenibilidad a más de 50.000 desde aproximadamente las 12.000 actuales.

Es importante remarcar que la información sobre sostenibilidad puede influir en las decisiones de las partes interesadas si tiene valor predictivo, confirmatorio o ambos. Por ello, la empresa debe identificar sus dos grupos principales de partes interesadas. Por un lado se encuentran “las partes afectadas”, es decir, personas o grupos con intereses que se ven o podrían verse afectados -positiva o negativamente- por las decisiones y actividades de la empresa y a través de su cadena de valor. Por otro lado, serían los usuarios de los informes de sostenibilidad, entre los que se incluye a los inversores actuales y potenciales, prestamistas y otros acreedores, socios comerciales de las empresas, sindicatos e interlocutores sociales, organizaciones de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales. 

El ESRS 2, se refiere a la Información General, por lo que se establecen allí los requisitos de divulgación de la información sobre sostenibilidad que son transversales. Esto incluye características generales de la organización y una visión general del negocio, pero también revelaciones específicas sobre el cumplimiento, como aproximaciones en relación con la cadena de valor. Además, información sobre estrategia, gobernanza y evaluación de la materialidad del impacto, los riesgos y las oportunidades de sostenibilidad. En este contexto, algunas partes interesadas pueden pertenecer a ambos grupos.

En tanto los estándares temáticos, incluyen requisitos de divulgación que abarcan cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza. Estos requisitos son independientes del sector. Tienen por objeto permitir a los usuarios de las divulgaciones en materia de sostenibilidad de las organizaciones, comprender su impacto en estas dimensiones, los riesgos y oportunidades materiales relacionados con estas áreas y, en última instancia, su impacto en la capacidad de la empresa para crear valor. Estas normas, prescriben requisitos de divulgación que cubren políticas, objetivos, planes de acción y recursos, así como la medición del rendimiento en relación con temas específicos. 

Como principal novedad, la Directiva establece que las empresas dentro de su alcance deberán presentar su información no financiera de acuerdo con unos estándares comunes, con el fin de homogeneizar en mayor medida la información publicada por las empresas de la Unión

Un alcance mayor 

La CSRD, tiene como objetivo ser una actualización importante de la Directiva de informes no financieros (NFRD), el marco actual de informes de sostenibilidad de la UE. Las nuevas reglas ampliarán significativamente el número de empresas requeridas para proporcionar divulgaciones de sostenibilidad a más de 50.000 desde aproximadamente las 12.000 actuales. 

Tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea el 16 de diciembre de 2022, la Directiva entró los primeros días de enero de 2023. No obstante, las reglas comenzarán a aplicarse a inicios de 2024 y España, al igual que el resto de los estados miembros de la Unión Europea, cuenta con 18 meses para aplicar las normas desde su entrada en vigor. 

Los requisitos de presentación de informes se implementarán gradualmente con un tiempo diferencial para cada grupo de organización. Así, las empresas ya sujetas a la Directiva sobre divulgación de información no financiera deberán presentar en 2025 información sobre el ejercicio 2024, aquellas no sujetas a esa directiva, deberán presentar en 2026 información sobre el ejercicio 2025. Las Pymes cotizadas, por su parte están obligadas a informar a partir de 2026, con posibilidad adicional de exclusión voluntaria hasta 2028, y podrán informar de acuerdo con estándares separados y proporcionados que EFRAG desarrollará el próximo año. Las compañías de terceros países, que cumplan determinados requisitos, deberán presentar en 2029 información sobre el ejercicio 2028. La Directiva, como principal novedad, establece que las empresas dentro de su alcance deberán presentar su información no financiera de acuerdo con unos estándares comunes, con el fin de homogeneizar en mayor medida la información publicada por las empresas de la Unión.

Top